lunes, 9 de agosto de 2010

Teoría Procesal Civil Empresarial Moderna

Esta realidad expresa la esencia de ser del Poder Judicial ontológicamente y cómo los magistrados cumplen su función de la prestación de la tutela jurisdiccional, que se resumen: a) dependencia política del Gobierno de turno, b) pérdida de la autonomía e independencia, c) ejercicio de la función jurisdiccional mediatizada, d) ineficacia de la tutela jurisdiccional por el retardo de la impartición de justicia, e) las sentencias injustas por favorecimiento al litigante con poder económico o político, f) la violación de las normas constitucionales y las declaraciones universales de los derechos humanos por los jueces por obediencia a las directivas de la política del gobierno de turno o por disposiciones verbales del Poder Judicial, y g) el abuso del Poder Administrador del Poder Judicial al someter a procesos administrativos disciplinarios a los magistrados que ejercen la función jurisdiccional conforme a la Constitución y las leyes como verdaderos jueces probos, muchas veces mediante campañas políticas del órgano máximo representativo del Poder Judicial en respuesta a los requerimientos de la política del Gobierno de turno.  Nos preguntamos: ¿El Poder Judicial es autónomo o es un instrumento de ejecución de los lineamientos de la  política del Gobierno de turno? ¿El Poder Judicial está cumpliendo su rol histórico autónomo e independiente de impartir justicia? ¿Las decisiones de los conflictos de intereses sometidos al órgano jurisdiccional son resueltos con independencia, imparcialidad, prontitud, eficacia y justicia?
Esta realidad jurisdiccional, nos ha conducido a introducirnos hacia las profundidades del problema en busca de las causas y proponer alternativas a la grave crisis de la impartición de justicia.
El problema de la crisis de la impartición de justicia, es la función jurisdiccional que está muy cuestionada y nuestra sociedad ha perdido la confianza por las amargas experiencias de la pérdida de la autonomía e independencia del Poder Judicial y la imparcialidad de los magistrados, condicionados a los gobiernos de turno, aplicando leyes abusivas violatorias de las Constitución Política del Estado y las declaraciones de los Derechos humanos, ignorando su deber del control difuso de la constitucionalidad, han hecho tanto daño a la sociedad.
Para muchas opiniones la crisis de la administración de justicia no tiene solución, sin embargo estamos convencidos que esta crisis tiene que desaparecer, con esta finalidad algunos destacados juristas han reflexionado sobre la necesidad social de la solución de la crisis del Poder Judicial, consideramos que como todo los fenómenos sociales, el Poder Judicial dentro de su evolución ha llegado a su apogeo a partir de la revolución francesa, evolucionando  la institucionalidad juntamente con los sistemas sociales, hasta que ahora se encuentra en decadencia, pero dentro de sus escombros nace la nueva concepción de la función del Poder Judicial y de las instituciones del proceso, generando grandes conflictos manifestándose no solamente con los litigantes, sino en toda la sociedad, porque no responde a las nuevas necesidades que exigen las relaciones jurídicas modernas, haciéndose realidad la concepción del dinamismo del Derecho que afirma Ihering  «el derecho sólo puede rejuvenecerse en tanto que rompe con su propio pasado. Un derecho concreto que, por el hecho de haber surgido, pretende persistencia ilimitada, es decir, eterna, es como el niño que levanta su brazo contra la propia madre; escarnece la idea del derecho al apelar a ella, pues la idea del derecho es un eterno devenir, y lo que ha llegado a ser tiene que ceder ante el nuevo cambio»  En materia de impartición de justicia civil empresarial, este problema se resuelve con el nuevo enfoque que le da la Teoría Procesal Civil Empresarial Moderna.
Esta teoría parte de tres elementos fundamentales: a) La nueva concepción del Poder Judicial como Poder del Estado, en cuanto a su independencia efectiva, b) La constitucionalidad y los derechos humanos en la función jurisdicción, c) La nueva responsabilidad de los magistrados en la impartición de justicia  en función a la reorientación de los destinos de la sociedad, es decir, la trascendencia de la función jurisdiccional en la sociedad como equilibrio el poder oficial y el suboficial. Toda sentencia justa constituye la solución del conflicto entre los litigantes y mediatamente restituir el orden y la paz social.
La independencia y autonomía del Poder Judicial es el resultado de las luchas de los pueblos subordinados al poder monárquico, quien castigó principalmente a los rebeldes contra el abuso del poder absolutista, logrando la sociedad la institucionalidad de los tres poderes del Estado principalmente con la Revolución francesa, poniendo fin a la mano del monarca supuestamente impartidora de justicia - juez. Pero con esto no terminó la lucha por el derecho y la justicia, continúa la evolución a su perfeccionamiento, sin embargo necesariamente tiene que pasar por etapas de apogeo crisis y decadencia de este Poder, porque todo lo nuevo se transforma en viejo para dar paso a lo nuevo y más eficaz, fenómeno jurídico producto de la dialecticidad de la sociedad que nunca puede quedarse estática ni menos volver hacia atrás. La forma de impartir justicia cuando no responde a los requerimientos de los nuevos fenómenos sociales, entra en crisis y se torna en contrapuesta a los intereses del poder suboficial, perdiendo su fuerza de independencia y autonomía para responder a la política muchas veces agresiva a los intereses de las amplias mayorías y beneficiar al grupo de poder.
Sin embargo no hay que perder de vista, la confrontación que tenemos que experimentar en el rompimiento evolutivo acelerado con los esquemas conservadores manifestados en las conductas de muchos Tribunales, como afirma Ihering  «La finalidad del derecho es la paz, el medio para ello es la lucha. En tanto que el derecho tenga que estar preparado contra el ataque por parte de la injusticia -y esto durará mientras exista el mundo- no le será ahorrada la lucha. La vida del derecho es lucha, una lucha de los pueblos, del poder del Estado, de los estamentos o clases, de los individuos»
La impartición de justicia en esta época tiene que responder al dinamismo de la sociedad, con  el avance de la ciencia y la tecnología, las ciencias jurídicas tiene que evolucionar para que las modernas relaciones jurídicas de las grandes transacciones empresariales se practiquen con seguridad jurídica y equidad, entonces la Teoría Procesal tiene que reorientarse, y con flexibilidad optar por la solución de los conflictos de intereses sometidos a los órganos jurisdiccionales competentes por su naturaleza de fenómenos resultado (efecto) de las estructuras sociales, económicas y políticas, antes que el formalismo jurídico procesal que tanto daño ha hecho a la sociedad, por la esencia de la Teoría Procesal Civil Empresarial de ser una ciencia hermenéutica como toda ciencia jurídica.

1 comentario:

  1. Exelente aporte al derecho. Felicitaciones Dr. Chávez.

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